
Cada poco tiempo siempre aparece alguien que me hace alguna pregunta básica relacionada con el tema de la Ley Sinde (o Disposición Final Segunda). Que para qué sirve exactamente, que cómo funciona, que cuales serán sus consecuencias… y así hasta completar una lista no muy extensa —más o menos las dudas siempre son las mismas— pero que denota algo muy importante: todavía quedan muchas personas con un desconocimiento bastante importante sobre la Disposición Final Segunda y los temas importantes que la rodean y han rodeado.
Para solucionar, o al menos mitigar en lo posible, dicho desconocimiento qué mejor forma de hacerlo que con un post de preguntas frecuentes sobre la Ley Sinde como este. Concretamente tras el salto encontrareis varias preguntas habituales protagonizadas por la Disposición Final Segunda junto a sus respuestas. Y antes de dejaros con ellas aclarar que este post irá siendo ampliado con nuevas preguntas y sus respuestas en próximos días.
¿Qué es la Ley Sinde?
La “Ley Sinde” es el nombre por el que se conoce a nivel popular la normativa llamada Disposición Final Segunda la cual está incluida dentro del marco de la Ley de Economía Sostenible (de ahora en adelante LES).
¿Por qué la propuso el Gobierno de España?
La Ley Sinde fue propuesta desde el Ministerio de Cultura de España en mayo de 2009 y su objetivo oficial es facilitar un nuevo marco regulatorio mediante el cual el Estado Español pueda “luchar” de manera más eficaz contra la piratería de contenidos protegidos en Internet mediante la clausura de páginas web en las que se facilitan enlaces a dichos contenidos.
Este es el objetivo oficial, pero hay otras razones detrás de la medida. Básicamente muchos argumentan que realmente el objetivo de la Ley Sinde no es otro que facilitarle herramientas a las grandes empresas de la industria cultural para que puedan seguir protegiendo sus obsoletos modelos de distribución y comercialización. Además de esto existen pruebas de que la “Ley Sinde” responde también a presiones realizadas desde el poderoso lobby del copyright estadounidense.
¿En qué estado se encuentra la Ley Sinde?
En el momento de la redacción de este FAQ la Disposición Final Segunda ha pasado por varios trámites. De forma resumida podemos decir que la “Ley Sinde”, tras mucha presión por una parte importante de la ciudadanía, fue rechazada en el Congreso de los Diputados el día 21 de diciembre de 2010.
Después de ese rechazo el Partido Socialista Obrero Español comenzó a negociar con el Partido Popular para revivir la Ley Sinde en el Senado. Finalmente el día 24 de enero de 2011 la Ley Sinde volvió al Senado y allí fue resucitada gracias al acuerdo alcanzado entre PSOE, PP y CIU (el acuerdo se alcanzó gracias a una enmienda de modificación que se dijo introduciría más garantías legales en el proceso de clausurar una web a petición del PP y CIU pero en la que el juez sigue sin entrar en el fondo de la cuestión).
Ahora la LES con la Ley Sinde reincorporada a su interior volverá al Congreso de los Diputados en algún momento de febrero y salvo cataclismo de última hora, la LES y por lo tanto la Ley Sinde serán aprobadas.
¿A quién le afecta la Ley Sinde?
Lo que se ha vendido desde el Gobierno es que la Ley Sinde afectará exclusivamente a las granjas web de enlaces —es decir a aquellas webs que proporcionan enlaces para descargar sin el consentimiento del autor contenidos—, pero en la práctica a muchos más actores de Internet se les podrá aplicar la normativa.
Concretamente las medidas de la “Ley Sinde” podrán ser aplicadas a cualquier persona física o jurídica que proporcione un servicio de la sociedad de la información, entendiéndose como tal según la Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicio de la sociedad de la información y de comercio electrónico:
Se acoge, en la Ley, un concepto amplio de servicios de la sociedad de la información, que engloba, además de la contratación de bienes y servicios por vía electrónica, el suministro de información por dicho medio (como el que efectúen los periódicos o revistas que pueden encontrarse en la red), las actividades de intermediación relativas a la provisión de acceso a la red, a la transmisión de datos por redes de telecomunicaciones, a la realización de copia temporal de las páginas de Internet solicitadas por los usuarios, al alojamiento en los propios servidores de información, servicios o aplicaciones facilitados por otros o a la provisión de instrumentos de búsqueda o de enlaces a otros sitios de Internet, así como cualquier otro servicio que se preste a petición individual de los usuarios (descarga de archivos de vídeo o audio…), siempre que represente una actividad económica para el prestador. Estos servicios son ofrecidos por los operadores de telecomunicaciones, los proveedores de acceso a Internet, los portales, los motores de búsqueda o cualquier otro sujeto que disponga de un sitio en Internet a través del que realice alguna de las actividades indicadas, incluido el comercio electrónico.
Es decir, que si por ejemplo en tu blog enlazaras, o alguien dejara un comentario con un enlace a un archivo protegido por derechos de autor, la comisión te podría denunciar, aunque no seas una granja de enlaces.
¿Cómo funciona exactamente la Ley Sinde?
De manera resumida estos son los pasos:
- 1 La Comisión de Propiedad Intelectual actuará cuando reciba denuncia de algún titular de derechos contra alguna web que según este se esté saltando sus derechos al proporcionar X material de su autoría sin su consentimiento.
2 En ese momento la Comisión decidirá si la web denunciada está incurriendo en falta o no. En caso de determinar que sí:
2.1 La Comisión remite la denuncia al juez quien en base a lo que le diga la Comisión y en máximo 24 horas decide autorizar o no la petición de los datos relativos al dominio en el que supuestamente se alojan los contenidos que se están saltando la ley.
2.2 La Comisión se pondrá en contacto con el titular de la web para que elimine los contenidos de su web con los que supuestamente está saltándose la propiedad intelectual. Si lo retira se terminó el proceso, si no: en dos días la parte demandante y la demandada tendrán que presentar sus alegaciones. En cinco días la Comisión presentará sus conclusiones de las pruebas. Tras esto en un plazo máximo de tres días la Comisión dictará resolución de cierre y se la remitirá a los afectados. Por último la resolución se presenta ante el juez y este autoriza o no la clausura (es decir, que se dedica a ratificar lo que llega de la Comisión pero en ningún momento participa en el proceso de determinación de culpabilidad).
Pero entonces la Ley Sinde sí que contempla la intervención de un juez
Si, pero como hemos visto solamente de una manera tangencial. Únicamente se dedica a ratificar las conclusiones en un breve periodo de tiempo de la Comisión de Propiedad Intelectual (que es importante aclarar estará formada por cargos dependientes del Gobierno de una u otra forma) sin permitirle entrar a valorar la cuestión vital: determinar si X sitio incurre en falta o no.
¿Qué efectos tendrá al Ley Sinde sobre la industria cultural y el tejido empresarial de la red?
Pues obviamente depende a quien le preguntemos. Por un lado los principales actores de la industria están convencidos de que gracias a la posibilidad de cerrar rápido cualquier sitio web que supuestamente esté vulnerando derechos de autor, el sector se revitalizará ya que en su opinión la “piratería” es la principal causa de todos sus males (en el siguiente apartado veremos por qué es poco probable que esto suceda).
Por el otro tenemos a diversos empresarios con negocios en Internet que aseguran que la norma añade dificultades innecesarias al desarrollo empresarial en la red. A esto hay que sumar también que creará inseguridad jurídica.
Por último un sector que está especialmente molesto con la “Ley Sinde” es el de las empresas de alojamiento web nacionales las cuales aseguran que la Ley Sinde podría provocar una migración de muchas empresas de hostings españoles a extranjeros (y aquí añado que me consta que ya varias empresas de Internet españolas están mudando sus servidores a otros países) y que el problema va a continúa principalmente porque la mayoría de webs de enlaces ya se encuentran alojadas fueran del territorio español.
¿Cumplirá la Ley Sinde los objetivos para los que ha sido creada?
Como decía en el anterior apartado según la industria sí, pero si nos paramos a analizar cómo está la situación en otros países en los que legislaciones similares a las que nos ocupa funcionan desde hace tiempo, vemos que en ningún caso han servido para revitalizar el sector.
Elijamos el país que elijamos con su “propia Ley Sinde en funcionamiento” los resultados siempre son los mismos: la industralización de la piratería aumenta cada año. No solamente eso sino que además también se ha visto que este tipo de norma propicia el retraso de la modernización tan necesaria para los nuevos modelos de negocio de la industria del entretenimiento, y retrasa la oportunidad de incorporar modelos de negocio acordes con lo que el público demanda que ya están funcionando en otros países.
¿Por qué existe un rechazo generalizado a la Ley Sinde a nivel popular?
Por todo lo dicho hasta aquí que podemos resumir en los siguientes puntos básicos (añado alguno más que todavía no ha aparecido en el FAQ):
Según muchos no servirá para que la industria cultural mejore sus cuentas de beneficios
Aunque se consiguiera eliminar todas las páginas de enlaces, estas serían sustituidas por otras tecnologías
En opinión de una parte importante del sector empresarial, la “Ley Sinde” supone un nuevo escollo al desarrollo de nuevo tejido empresarial en Internet
La justicia española ya protege, sin necesidad de Ley Sinde, los derechos de autor de manera eficaz
Con la Ley Sinde un órgano administrativo pasa a decir sobre cuestiones que tienen relación con derechos fundamentales como la libertad de expresión
La Ley Sinde se hizo (y resucitó) sin dialogo social alguno y de forma poco decorosa (se metió “en secreto” dentro de la LES)










Enhorabuena por un articulo claro, bien redactado y, sobre todo, necesario. Buen trabajo.
Aprovecho para preguntar… Que entiende la ley por autor? Fotógrafos, pintores, escritores, etc, entran en todo esto?
Un abrazo.
La verdad es que este articulo es un copy-paste de este, que es bastante anterior. http://www.elmundo.es/blogs/elmundo/catalejo/2011/01/24/ley-sinde-for-dummies.html ¿Os quejais de la ley-sinde, y vosotros vais por la vida adueñandoos del trabajo de los demás, sin ni siquiera citar la fuente? Eso es ser un caradura.
Por nuevo tejido empresarial entendéis peliculasyonkis y vagos? Es que a lo mejor son los que están levantando España y no me aclaro.
Yo creo que, pasado un tiempo prudencial con una demagogia exagerada por ambas partes, los “internatuas” y los “creadores”, ya es hora de empezar a hablar un poco en serio.
Se que vosotros no dais para tanto, que alguien, llamese Enrique Dans o esa eterea Asociación de Internautas, es la que os da los razonamientos listos para postear, pero en determinado momento uno ya tiene que empezar a razonar lo que escribe. Especialmente si lleva dando el follón un año. Aún recuerdo el artículo, creo que fuiste tu Elías Notario, sobre la sentencia del Tribunal Europeo, perdiendo el culo para decir que España era una república bananera, cuando no te habías molestado en leer ni un sólo párrafo (apuesto que aún no lo has hecho) de la sentencia, y tuviste que editar el artículo alrededor de tres veces con lo que ibas leyendo en twitter.
Estoy ya aburrido de leer estos artículos que sólo reflejan un lado fanático de la discusión, ya sean escritos por Earcos, Edans, o Alejandro Sanz, todos repletos de auténtica basura intelectual que sólo buscan contaminar y obstaculizar la libre formación de opinión. Ahora resulta que queréis la normativa anterior, que no sabéis ni cual es y la criticasteis hasta la extenuación, pero la queréis. Y puede que dentro de un tiempo cambie la “ley sinde” y todo lo lleve un juez (no de “manera tangencial” como os habéis atrevido a decir), sentando al banquillo a administradores de sitios como películas yonkis. Pero entonces diréis que no, que era mucho mejor y ágil el sistema anterior, con una comisión administrativa y el juez controlando el proceso. ¿Tenéis alguna opinión sobre esto o esperáis a ver que dice Edans?
Por seriedad entiendo un artículo que no exponga como mayor queja el hecho de cerrar un blog dedicado a poner enlaces a discos y películas. Que si, que es una jodienda y al final vamos a acabar pagando (noooo…) el precio que tienen las cosas, pero comparar eso con un atentado a la libertad de expresión lo convierte en un atentado si, pero contra la inteligencia de cada cual.
Estamos en un mundo al revés, donde si una persona sube una película a un foro exige que cualquier otro que lo enlace le de crédito de quien es el artífice, y que todos le den al botón “gracias” en los comentarios, o se cabrea tanto que deja de subir. Pero hijueputa, ¿le pediste permiso al auténtico autor de ese archivo para subirlo? ¿Le diste al botón gracias?
O podemos hacer una prueba, abrir un blog haciendo uso de mi libertad de empresa e información, copiar todos vuestros post y sacar dinero en publicidad, pagando una miseria al que copypastee y comprandome una casa en Bélgica con el pastizal que amase. ¿Que haríais? ¿Invocar las Creative Commons?
Bueno quizás entonces te valga el análisis de un catedrático de derecho procesal.
A mi una cosa que me molesta y mucho es la presunción de que todo aquel que esta en contra de está ley es un perro-flauta que solo quiere aprovecharse del trabajo ajeno. Esta claro aquí algunos se creen que las leyes solo afectan al sector “pirata” cuando su influencia va mucho más allá.
Como no quiero invocar a la ” ley de goldwing ” y el uso de la palabra cultura con otros fines, solo diré es una ley que no va a conseguir lo que busca y va a crear muchos problemas.
Y los autores creo que no están viendo la jugada en su totalidad. Las sociedades de gestión os están haciendo la cama y todavía no lo veis venir. Y sino me crees, leete las condiciones que pone la SGAE para que seas miembro. Ellos luchan por su monopolio, pregunta a la comisión nacional de la competencia y verás con claridad la jugada.
La opinión del catedrático (la leeré entera en cuanto pueda) es otra más. Diga lo que diga, entiendo que al lego en la materia le parezca la única verdad posible. Pero permiteme, ya que tengo el culo pelao de estudiar derecho procesal (y constitucional, civil, administrativo…), que yo me la tome como una opinión más, igual de válida que otro que exponga lo contrario con argumentos jurídicos sobre la mesa. Aunque decir que “la administrativización de corte neonazi (administrativización tan grata al PSOE, que además, desde siempre, cercena y obstruye cuanto puede la Justicia impartida por jueces serios e independientes” pues entenderás que reste razón a este señor, por muy catedrático de derecho procesal que sea. Me han dado clase algunos catedráticos que no les pondría ni a enseñar plastilina a un niño de 5 años.
Pero es que el debate en los blogs dista mucho de ser de temas procesales, eso a la gente se la trae al pairo. Me choca cuando leo aquí o en twitter, que el juez no interviene o que la asociación de internautas va a llevarlo al Tribunal Constitucional. ¿El que ha puesto eso sabe algo, lo más mínimo, de derecho procesal? ¿Ha leído el artículo 32 de la LO del Tribunal Constitucional?
Te equivocas en una cosa, no es la única opinión del lado legal que hay en contra de esta ley.
Y no lo voy a ocultar, no he estudiado derecho, pero me gusta debatir incluso con los que no opinan como yo y todavía no he encontrado a nadie que me haya convencido que esta ley va a ser una buena ley y que va a conseguir sus fines, solo sé que hay gente preocupada por ejemplo: La ANEI están bastante preocupados y digo yo que tendrán su asesoría jurídica no creo que se lancen al ruedo porque sí.
Y no no va a conseguir sus fines, yo seguiria con atención la que están liando los de Pirate Bay, que creo que van por una descentralización del ICANN. Eso seria un duro golpe para el control de la red.
Sin Duda: http://www.youtube.com/watch?v=HdTtLg_C81k
Ya lo comenté en otro artículo, pero quizá no lo leíste Elías: La definición que das de la Ley Sinde no tiene sentido, y me explico:
La “Ley Sinde” es el nombre por el que se conoce a nivel popular la normativa llamada Disposición Final Segunda la cual está incluida dentro del marco de la Ley de Economía Sostenible (de ahora en adelante LES).
Una propuesta de ley puede tener, además del cuerpo principal, una serie de disposiciones finales que complementen lo abordado en la ley, de forma que se refinen ciertos casos especiales o se quiera puntualizar más algún punto. La llamada ley Sinde se materializó en forma de disposición final dentro de la LES. En concreto, la segunda de ellas.
No tiene sentido decir “la normativa llamada Disposición Final Segunda”. Igual que no tiene sentido decir “Ley SInde (o disposición final segunda)” si no se hace referencia a la ley. Sería correcto: “la normativa especificada en la Disposición final segunda de la LES” y “Ley Sinde (o Disposición final segunda de la LES).
Puede parecerte una gilipollez, pero créeme que si tienes los conceptos interiorizados leer algo así choca demasiado.
Cierto, suena bastante raro. Pero volverán a caer en el error, no me cabe ninguna duda.
Eso que comentas “uno que dice” habla del contexto, no del concepto. El contexto de lo que se habla esta clarisimo, lo de los conceptos puede ser relativo, pero en general todos sabemos de lo que se habla cuando se dice “Ley Sinde”.
Lo que nadie me ha podido responder, es el alcance de esta ley.
Si soy Bulgaro, y tengo en un servidos de Swazilandia una pagina de enlaces a peliculas; y dicha pagina puede ser accedida desde España, ¿Me afecta la ley? O me afecta solo si vinculo a creadores españoles, o mi servidor esta en España o soy español.
Gracias a quien me pueda responder.
creo que por esto es una de las pocas razones por las que me gusta vivir en latinoamerica… aca la pirateria de alguna manera es “legal”
@ricardo taringa es de argentina, es mas taringa la han anunciado por periodico, tv y radio por aca a pocos le importa la pirateria…
“La justicia española ya protege, sin necesidad de Ley Sinde, los derechos de autor de manera eficaz”
¿Esto va en serio?
PD: porque como no lo expliques, también puedes añadir “por el mar corren las liebres”
muchas gracias por el articulo a pesar que habia leído algo sobre la ley sinde, desgraciadamente usaban muchos terminos locales como el nombre de los partidos politicos, por el ejemplo cuando decian PSOE, PP y CIU la verdad no tenia ni idea a que demonios se referian, pero ya explicado y detallado esto, pues que puedo decir desde méxico mi apoyo, y una verdadera tragedia lo de la ley SINDE, pero igual ya hemos visto que realmente el mundo esta comenzando a revelarse poco a poco de los gobiernos dictatoriales, egipto es un gran ejemplo de ello, quizas nos hace falta un poco de su decisión y valor a no dejarse pisotear.
La verdad es que este articulo es un copy-paste de este, que es bastante anterior. http://www.elmundo.es/blogs/elmundo/catalejo/2011/01/24/ley-sinde-for-dummies.html ¿Os quejais de la ley-sinde, y vosotros vais por la vida adueñandoos del trabajo de los demás, sin ni siquiera citar la fuente? Eso es ser un caradura.
tomado de Antxon
@Antxon y @R.Pérez: En que parte esta el copy-paste? Lei los dos articulos y la unica similitud que tienen es el formato en que se escribieron, Pregunta/ Respuesta. La forma de ambos articulos puede ser similar, pero el fondo es completamente diferente, lo cual desvirtua aun mas la posibilidad de Copy-Paste.
Lo que me huele es que lo ustedes buscan es simplemente acarrear lectores al alrticulo de elmundo, que si bien esta interesante parece escrito desde el ministerio de cultura.
En serio ustedes leyeron ambos articulos o solo los miraron por encima?, Ahi lo dejo
¿Cumplirá la Ley Sinde los objetivos para los que ha sido creada?
En Suecia han coincidido en menos de un años la aparición de Spotify, que es su país original, la ley antipiraería y el cierre de The Pirate Bay. Y Spotify es un éxito para la gente y para la industria.
The Pirate Bay está abierto Securaviajando
http://www.thepiratebay.org
En fin, como nos estamos ya cansando de decir en vano lo de que: (i) esta es una norma que pone la libertad de expresión en manos de una comisión de inquisidores gubernativa; (ii) es absolutamente inútil para los propósitos de defensa de la propiedad intelectual que usa de justificación; y (iii) el talante dialogante que proclamaba nuestro gobierno hace unos años ha ido parejo a su solvencia técnica, ideológica y a su popularidad.
Además, que apenas si le da la vida a uno para asimilar una barbaridad de los políticos antes de que vengan con otra, yo creo que estos programan sus atrocidades como Apple programa la obsolescencia de los ipod, mira tú.
Asi que en este comentario solo quiero compartir lo físicamente deleznable que me parece Sinde. Q hay gente pa to, si, pero oye, siguiendo una de esas frases que ha acuñado el internes libre que tanto odias: “contigo no, bicha”.
!PERO SI NO PODEMOS HACER NADA! Sí se puede. Nada de colapsar páginas del gobierno, eso no vale para nada. Hagamos que se oiga la protesta. Sólo hay que hacer dos cosas:
1.-Entrar en http://keti0nminihackers.wordpress.com/2011/02/01/no-a-la-ley-sinde/ Por ahora, la protesta comenzará en ese blog, pero son muchos los que van a unirse, incluso páginas de renombre (que ya cerraron durante un tiempo cuando se empezó a idear esta ley) 2.- Vota NO (o vota sí, pero la idea es votar NO para protestar). 3.-Comenta “No a la ley sinde”
La idea es llegar a un número alto de comentarios, para que se coloque el post en los primeros de wordpress, y entonces veran nuestra protesta.
Por cierto, hay una ley que permite revisar en el congreso las leyes si se consigue un numero determinado de firmas…..vamos a ello Parece que tu voto no cuenta, PERO SI CUENTA Cuesta muy poco, animáos
Estaria de acuerdo con esta ley,si las pelis,cds de musica y videojuegos,etc..los pusieran a muy buen precio..X ejemplo,una peli en Blu Ray actual,te cuesta de 15 a 20 euros,osea,un robo a mano armada..pro si los rebajaran a 8 euros,la gente haria mas esfuerzos x comprar pelis originales..Y es que nos va a resultar extremadamente duro pasar de conseguirnos una peli pirata similiar en calidad al dvd x 15 centimos,a comprarla x 12 euros..La presion la realizan la industria cinematografica estadounidense..k aun asi siguen ganando muchisimo dinero tanto actores km directores,etc..Pro a k ellos no se rebajam el sueldo un pokito cada uno?Ese pokito del k les hablo,sumenlo a todos los artistas de hollywood,serian millones de euros..Pro no,aprobaran la ley,no podremos descargar nada,no bajaran el precio de los productos y casi nadie comprara nada hasta k pase un tiempo y lo actual se vuelva antiguo para k adquiera buen precio..Solo piensan en el dinero y no en buscar la manera para k casi todo el mundo tenga sus productos en los hogares de la gente..