Hemos escuchado hasta el cansancio sermones moralistas que no logran explicar convincente ni lógicamente el mantra de copiar es robar. En primer lugar copiar es una actividad humana fundamental en el proceso creativo, no se necesita P2P, un USB o una fotocopiadora para copiar. Un pizarrón y un gis son suficientes para copiar y enseñar a hacerlo.

Los defensores del copyright siempre olvidan especificar que ellos consideran que las infracciones al copyright equivalen a robar. Casualmente quienes sostienen y promueven esta línea de pensamiento incluyen a finísimas personas de moral inquebrantable como James Murdoch, quien declaró alguna vez que las descargas ilegales son lo mismo que robar un bote de Pringles o una bolsa.

Debería de haber el mismo nivel de sanción que con la propiedad. El contenido no es diferente. No son unos chavitos locos. No. Castíguenlos.

Otra figura ejemplar que utiliza el mismo argumento, sin dar evidencia de que así sea, es el Sr. Eduardo “Teddy” Bautista y su inolvidable "bajar música es como robar en unos almacenes".

Afortunadamente existen casos legales que sirven como precedente para fundamentar el hecho de que la infracción a derechos de propiedad intelectual no equivale a robo, lo cual permite dejar a un lado el pánico moral y enfocárnos en lo que dice la ley, tal y cómo piden los defensores de la propiedad intelectual como Murdoch, Teddy y otros, de una forma no muy clara.

Dowling v The United States es un caso fundamental que fue llevado a la Corte Suprema de Justicia estadounidense en 1985 que de hecho determinó que no es posible equiparar una infracción a la leyes de propiedad intelectual con robo:

La interferencia con los derechos de autor no equivale fácilmente con el robo, la conversión o el fraude. La Ley de Propiedad Intelectual, cuenta con un término independiente para definir a quien se apropia de forma indebida derechos de autor: "Cualquiera que viole cualquier derecho exclusivo del titular de los derechos de autor ", es decir, cualquiera que transgrede su dominio exclusivo (del propietario) de utilizar o autorizar el uso de la obra protegida en una de las cinco modalidades que se indican en el estatuto, 'es un infractor de los derechos de autor.’

Infractor no ladrón.

Y aunque obviamente las legislaciones son distintas — aunque se pretenda armonizarlas más con tratados como ACTA — y en muchos paises la infracción al copyright es penalizada, eso no significa que equivale a robo. De hecho casos que actualmente estan en proceso como el iniciado el día de hoy contra un jóven de 15 años en Suecia, son por infracción al copyright no por robo.

Yo como muchos, entiendo que el famoso “copiar es robar” es una propaganda que permea con éxito en algunos sectores, pero afortunadamente otros sabemos que repetir algo millones de veces no lo hace verdad. Probablemente estas posturas no desapareceran del área de comentarios de varios blogs críticos del decadente régimen de propiedad intelectual. Y no solo hablo de ALT1040, sucede también en TorrentFreak y bueno, en TechDirt hasta se ganaron una sección.

En mi caso, muchos comentarios me arrebatan carcajadas y otros mucha preocupación, especialmente aquellos que se atreven a poner el file-sharing y otros crímenes (como el asesinato) en el mismo costal sin ofrecer ningún fundamento y exaltando únicamente valores morales por medio de analogías y metáforas que no tienen sentido, pero sí ayudan a construír un significado legal necesario para poder legitimar el absurdo discurso de copiar es robar. Lo peor es que hasta los funcionarios públicos participan en la reproducción de este tipo de propaganda y hasta crean peligrosas analogías al respecto.

Colin Darch analiza en su investigación Ideología, Ilusión y el Régimen Global del Copyright (PDF) como funciona la construcción del discurso moralista en torno a la propiedad intelectual, siendo el principal problema que se utilize la palabra propiedad para construír significados en torno a temas como la autoría y la difusión de ideas.

Darch identifica 4 tipos de discursos: el de los convencionalistas, los deconstruccionistas, los campeones y los conjuradores, mismos que posiciona en una escala que califica el contenido de su discurso como propaganda o análisis y los cuales pueden ser críticos o carentes por completo de fundamento.

En términos amplios es inmediatamente obvio que los discursos dominantes generalmente aceptan el sistema de copyright como necesario y benéfico, a pesar de la calidad de su análisis. Los deconstruccionistas se representan por su rigor analítico y su posición crítica frente al sistema de copyright. La propaganda crítica efectiva, no existe.

El pánico moral estilo "copiar es robar" no es analítico ni califica como evidencia.. Los interesados en un poco de sensatez, ya sean piratas o corsarios del siglo XVI o del XXl, les recomiendo leer Pánico Moral y las guerras del copyright de William Patry (ahora asesor Senior de copyright para Google).

Los consumidores son el rey — no el control, no el copyright y no el contenido. Sin los consumidores, los derechos de propiedad intelectual y el contenido no tienen valor económico. El Copyright no es un polvo feérico que convierte todo lo que toca en valor económico por arte de magia.

El copyright no garantiza que un creador viva de su obra, ni que el respeto a una ley (que ya no sirve) vaya a generar empleos y bonanza. Lo que sí garantiza es la existencia de monopolios intelectuales.

Copiar no es robar y aunque todos tienen la libertad de pensar lo contrario, yo seguiré esperando un argumento crítico o precedente legal que lo pruebe.

Imagen vía Mimi&Eunice

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