Hadopi

Ayer os comentábamos el fallo histórico en torno a las P2P en California. Una juez puso algo de sentido común a la situación que se vive en muchos juicios admitiendo que un abonado a un proveedor no debe asegurar su conexión para evitar que terceros las usen para infringir los derechos de autor. Bien, la polémica ley de los tres avisos, Hadopi, se acaba de cobrar en Francia una nueva "víctima", un hombre de 40 años al que su inocencia no le ha salvado de la multa. Según la regulación, debería haber vigilado quién utilizaba su red y para qué fines.

Y es que ya son casi dos años desde que se implantara la ley de los 3 strikes en el país con el fin de poner fin a la "piratería" online. Dos años donde las autoridades envían tres avisos antes de castigar al presunto infractor.

Desde entonces, las cifras de Hadopi nos indican que se los titulares de derechos han identificado un total de 3 millones de direcciones IP en el país. De estas, 1,15 millones fueron merecedoras de un primer aviso, 102.854 de un segundo aviso y tan sólo 340 de un tercero aviso.

Finalmente han existido únicamente 14 casos donde se haya llegado a juicio. De todos ellos, Hadopi se ha cobrado su primera "víctima" por reiteración. Un caso surrealista si tenemos en cuenta que el acusado deberá pagar una multa de 150 euros aún siendo inocente. La razón, no responder a las advertencias después de los tres avisos ni vigilar el uso que se hacía a su conexión.

Una vez en la corte, el hombre se ha defendido argumentando que era inocente, que era incapaz de descargar y que no había cometido ninguna infracción. No sólo eso, para apoyar su afirmación, llevó a la corte a la persona que realmente era la responsable del fichero compartido.

Se trataba de su actual mujer, ahora en trámites de divorcio. La mujer admitió haber descargado canciones de Rihanna, pero el tribunal finalmente decidió que la confesión dificulta aún más el caso contra su marido.

¿Por qué? Según la corte, al decir que él sabía que su mujer estaba descargando contenido ilegal y no impedirlo, siendo el abonado titular de la red, se estaba auto-incriminando.

Y es que según Hadopi, no importa que el hombre no llevara a cabo la infracción, como propietario de la conexión es responsable de lo que se haga con ella.

Por tanto, el tribunal acabó encontrando culpable al hombre de no poder asegurar su conexión a Internet con una multa de 150 euros. Una sanción impuesta aún siendo inocente de los cargos originales por los que se le imputaba.

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